Qué hacer si das positivo en un control de alcoholemia

Qué hacer si das positivo en un control de alcoholemia

Qué hacer si das positivo en un control de alcoholemia. Dar positivo puede ser DELITO.

En España es delito conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes. El asunto se complica dependiendo de cada caso, pero en resumen, podemos decir que según el Artículo 379 del Código Penal comete el delito quien conduzca bajo los efectos del alcohol. Por eso en este artículo te contamos qué hacer si das positivo en un control de alcoholemia.

¿Qué se va a entender por conducción “bajo la influencia” de bebidas alcohólicas (conducir borracho)?
En principio deberá de atenderse a cada caso, no obstante la ley marca que siempre va a ser considerado DELITO (que conduce bajo la «influencia”) aquellos casos en los que se supere : 

  • 0,60 miligramos por litro en aire aspirado. 
  • 1,2 gramos por litro en sangre.

La pena prevista para este delito es de prisión de 3 a 6 meses, o la pena de multa de 6 a 12 meses, o la pena de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Una precisión importante es que en todos los casos, una vez cometido el delito lleva aparejada la de retirada del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a un año y hasta cuatro años. La condena depende del caso, de la reiteración y de la defensa que se lleve en ese momento.

Por eso desde Casado-Marin Abogados, abogados en Maracena, Granada y Sevilla recomendamos contactar con un abogado/a inmediatamente. 

Otras cuestiones importantes sobre qué hacer si das positivo en un control de alcoholemia: 

¿Qué pasa si doy positivo en la prueba de alcoholemia pero por debajo de los indicados en el Código Penal? ¿Puedo ser condenado/a? 

SÍ. Como hemos dicho el delito es conducir “bajo la influencia”, por tanto, si presentaba alteración de las facultades psíquicas y físicas puede ser igualmente condenado por dicho delito aunque no haya alcanzado las tasas que hemos reseñado.

¿Es delito NO someterse a la prueba de alcoholemia? 

SI. Artículo 383 del Código Penal castiga al que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

¿Cómo es el juicio por delito de conducción bajo la influencia bebidas alcohólicas? 

Será normalmente en el Juzgado de Instrucción que se encuentre de guardia. Si estima suficientemente acreditado el delito, se pasará a un juicio rápido. El Juicio rápido es para que determinados delitos sean enjuiciados con una mayor agilidad. Su ámbito se regula en el art. 795 y siguientes de la Ley de enjuiciamiento Criminal. Si no queda suficientemente acreditado se transformará en un procedimiento abreviado, que es notablemente mas lento, en el juzgado de lo Penal. 

En la página web de la DGT pueden leer este artículo relacionado con el consumo de alcohol al volante.

Es muy importante el correcto asesoramiento legal, asistencia y defensa mediante abogado en este asunto. Puede contactar aquí, en este enlace con Casado-Marin abogados, abogados en Maracena, Granada y Sevilla.